Si tienes una casa grande y quieres venderla “a trozos”, así se segrega una vivienda.
Dividir una casa o un piso es a menudo una buena solución para darle salida al mercado y obtener más rentabilidad.
Las dos razones fundamentales para realizar una segregación de vivienda son, o bien por un cambio en las circunstancias de vida (emancipación de los hijos) o bien por deseo de revenderla dividida a un precio mayor.
Para realizar una segregación será necesario contar con una autorización del órgano administrativo correspondiente, principalmente del Ayuntamiento o de la comunidad autónoma. Su concesión está supeditada a la presentación de un proyecto elaborado por un arquitecto colegiado. Para su elaboración, el propietario deberá comprobar, entre otros requisitos técnicos, que las viviendas resultantes de la segregación sean exteriores. Así mismo, otro elemento que se exige y es de carácter más funcional es un estudio de la posición de las instalaciones, especialmente bajantes de agua y salidas de gas, etc...
Si la vivienda está en una comunidad de vecinos se deberá someter el asunto también a la junta de propietarios. La Ley de propiedad horizontal exige que el acuerdo sea aprobado por la junta con una mayoría de las tres quintas partes del total de propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. No obstante, este acuerdo no es necesario si en los estatutos de la comunidad o en el escritura de obra nueva se recoge la posibilidad de los propietarios de segregar los pisos. En este caso, será suficiente que el propietario comunique a la junta que realizará una segregación.
En el caso de una venta, si el piso ha sido segregado con una reforma integral y las unidades resultantes están “para entrar a vivir”, la operación podría tener una rentabilidad que, según los casos, oscila entre un 30% y un 40%. Si se trata de un alquiler, se podrán obtener incrementos de la renta de entre el 20% y el 30%.
Fuente: El País